INICIO         ASCOLDA          ACTIVIDADES          OCIO E INTERES          CONTACTO         MIEMBROS     

 

ASCOLDA

 

 

La Asociación Colombo Danesa se fundó en 1997 con el fin de reunir a los colombianos residentes en Dinamarca, daneses y personas de

 

otras nacionalidades que persiguieran el mismo fin de de la asociación, dirigido a la unión entre culturas a través de actividades

 

sociales y culturales.

 

 

Somos una asociación legal - para más información ver nuestros estatutos. Les invitamos a navegar a través de nuestra página por las

 

actividades que se han llevado a cabo durante los últimos tiempos y a inscribirse a las actividades que se proponen.

 

El trabajo en nuestra asociación es voluntario y solo con la colaboración de todos la podremos mantener activa.

 

 

OBJETIVOS

 

 

- Reunir a los colombianos y daneses, que deseen trabajar voluntariamente enpro de las relaciones sociales, culturales y de amistad

  entre Colombia y Dinamarca.

 

- Apoyar y promover actividades culturales, educativas y sociales entre los dos paises.

 

- Apoyar a los miembros que deseen establecer secciones locales en otras zonas de Dinamarca.

 

 

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COLOMBO-DANESA

 

§ 1. – NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN

 1.Nombre de la Asociación: Asociación Colombo-Danesa  (ASCOLDA).

 2.La Asociación Colombo-Danesa es una asociación sin ánimo de lucro, independiente de todo interés religioso, político y económico.

 

§ 2. – DOMICILIO DE LA ASOCIACIÓN

        1.La Asociación tiene su domicilio en Copenhague, Dinamarca.

     § 3. – OBJETIVOS DE LA ASOCIACIÓN

          1.Reunir y apoyar a quien quiera trabajar voluntariamente en actividades sociales, culturales y amistosas

            entre Dinamarca y Colombia.

          2.Los miembros de la Asociación pueden crear grupos de trabajo que se ocupen de temas o proyectos concretos de acuerdo a estos

            estatutos y podrán recibir ayuda económica de los fondos de la Asociación si la Junta Directiva lo viera pertinente y

            siempre y cuando el grupo de trabajo tenga un mínimo de 90% de personas que sean miembros de la Asociación.

       

      § 4. – AFILIACIÓN, CUOTA DE AFILIACION, DOCUMENTO DE AFILIACION

          1.Cualquier persona domiciliada en Dinamarca puede ser miembro siempre y cuando persiga los  objetivos de la Asociación.

          2.Cada miembro paga una cuota anual.

          3.El documento de afiliación es el recibo de pago de afiliación y deberá presentarse para tener acceso a las asambleas.

            También podrá ser requerido en otras actividades de la Asociación.

      § 5. – EXCLUSION

          1.Cualquier miembro que no se atenga a estos estatutos, que utilice indebidamente los recursos o bienes de la Asociación

            o que actúe en contra de los objetivos e intereses de la Asociación será excluido

          2.La decisión de exclusión será tomada por la Junta Directiva.

       

      § 6. – MORA Y RETIRO

          1.La falta de pago de la cuota es motivo de retiro automático como miembro de la Asociación.

          2.Después de un retiro automático, voluntario o por exclusión ningún miembro puede exigir nada de la Asociación.

       

      § 7. – ASAMBLEA GENERAL

       1.La Asamblea General es la máxima autoridad en cualquier asunto de la Asociación.

       2.En la Asamblea General, que se celebrará anualmente en el mes de Marzo, se presentará para su aprobación, el presupuesto

         y el monto de las cuotas de afiliación de la Asociación.

       3.La Asamblea General será convocada con el Orden del Día y con plazo mínimo de 21 días.

       4.La Asamblea General, que se convocará con fecha, hora y lugar, deberá incluir como mínimo los siguientes puntos en el Orden

         del día:

      • Elección del Moderador
      • Aprobación del Orden del Día
      • Elección del Cuentavotos
      • Informe del Presidente
      • Rendición de cuentas por el Tesorero
      • Presentación de presupuesto y aprobación de la cuota anual
      • Elección de miembros para la Junta Directiva
      • Elección de un Fiscal
      • Propuestas para discusión

       5.Las propuestas que se desee sean tratadas como “Propuestas para discusión” el la Asamblea General tienen que hacerse por

         escrito y tiene que estar en manos del Presidente mínimo 4 días antes de que se celebre la Asamblea General.

       6.Las propuestas de cambios en los actuales estatutos tienen que ser enviadas por escrito a la Junta Directiva antes del primero

         de Febrero de cada año.

         Los cambios que afecten a los actuales estatutos solamente podrán ser aprobados si en esa Asamblea General mínimo 2/3 partes

        de los miembros votan a favor. En caso contrario, la Junta Directiva de la Asociación convocará a una Asamblea General Extraordinaria que se celebrará a más tardar 6 semanas después de la Asamblea General y donde se considerarán aprobados

         los cambios propuestos con una simple mayoría de votos. En caso de tener que celebrar una Asamblea General Extraordinaria

         para cambio de Estatutos solamente se tratará este punto en dicha Asamblea.

       7.Toda propuesta hecha en Asamblea General quedará definida por simple mayoría de votos a mano alzada.

       8.Nadie podrá votar sin estar presente. Ningún ausente, que no haya entregado excusa valida a la Presidenta 4 días antes de

         la celebración de la Asamblea, podrá ser electo.

        § 8. – JUNTA DIRECTIVA

       1.La Asociación será dirigida por una Junta Directiva formada por 7 personas con derecho a voto: 1 Presidente, 1 Tesorero, 

        3 Vocales y 2 Suplentes.

       2.El Presidente es electo en la Asamblea General en los años impares. El Presidente electo en la Asamblea General representará

        a la Asociación en todo asunto.

       3.El Tesorero será electo en la Asamblea General en los años impares.

       4.Los demás miembro de la Junta, así como el Fiscal serán electos anualmente.

       5.La Junta Directiva dirigirá la Asociación de acuerdo con los estatutos y las decisiones de la Asamblea General.

       6.Se llevará acta de las reuniones de la Junta Directiva que se pondrán a disposición de todos los miembros en la página de Internet.

       7.Si un miembro de la Junta Directiva llegase a faltar, con o sin excusa válida, a 4 reuniones consecutivas, entrará a sustituirlo uno de los suplentes.

       8.Es obligación de la Junta Directiva asegurar debidamente los fondos y los bienes de la Asociación.

       9.Legalmente los miembros de la Junta Directiva se regirán bajo la ley danesa de indemnización.

       

      § 9. – CONTABILIDAD

       1.El Tesorero llevará las cuentas con exactitud y con claridad.

       2.La contabilidad estará a disposición de todos los miembros de la Asociación.

       3.El Tesorero estará obligado, en cualquier momento y por petición de la Junta Directiva, del Fiscal o de contadores públicos, a exponer la totalidad de la contabilidad.

       4.El efectivo de la caja, excepto el efectivo indispensable para los gastos diarios, se depondrá en cuenta bancaria a nombre de la Asociación.

       5.Representación de la asociación: el presidente y el tesorero son en comunión los representantes de la asociación para todos los efectos. A nivel económico solamente el tesorero cuando se trate de sumas inferiores a kr. 1.000,00.

       6.El Tesorero será el responsable de que se cumplan todas las obligaciones de la Asociación a terceros.

       7.El Tesorero presentará en cada reunión de la Junta Directiva un estado de cuentas. En la Asamblea General presentará un estado anual de cuentas revisado por el Fiscal para su aprobación.

       8.El calendario de la contabilidad de la Asociación es del primero de enero hasta el 31 de Diciembre.

       9.Los fondos de la Asociación no pueden ser repartidos. Ninguna propuesta sobre este punto puede ser asunto a tratar.

       

      § 10. – ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

       1.Se celebrará Asamblea General Extraordinaria cuando el Presidente la convoque o cuando una mayoría de los miembros de la Junta Directiva lo exija o cuando mínimo 1/3 parte los miembros de la Asociación lo requieran por escrito al Presidente especificando los temas a tratar.

       2.Se convocará a Asamblea General Extraordinaria  a más tardar 6 semanas después de que la solicitud se reciba.

       3.Se requerirá que el/los miembros estén presentes, excepto excusa válida, en la Asamblea General Extraordinaria, de lo contrario ésta será declarada inválida.

       4.Toda votación en Asamblea General Extraordinaria será aprobada por simple mayoría a mano alzada.

       5.Nadie podrá votar sin estar presente. Ningún ausente, que no haya entregado con anterioridad excusa válida para su ausencia,

         podrá ser electo.

       

       § 11. – PAGINA ELECTRONICA

       1.La Asociación contará con una página electrónica: www.ascolda.dk. La cual será manejada por un mínimo de 2 miembros de la Asociación elegidos por la Junta Directiva.

       2.La Junta Directiva supervisará y aprobará todos los temas a publicar en la página electrónica.

       3.La Junta Directiva será la responsable del contenido de la página.

       

      § 12. – REFERÉNDUM

       1.Un referéndum podrá efectuarse en caso de que la Junta Directiva no llegue a un acuerdo sobre un caso específico. Cada miembro

         con derecho a voto recibirá material pertinente y papeleta de voto.

       2.El secretario de la Asociación será el cuentavotos.

       

      § 13. – DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN

       1.La Asociación no podrá disolverse, excepto si mínimo 2/3 partes de los miembros votan a favor de la disolución de la Asociación

         en una Asamblea General o en Asamblea General Extraordinaria.

       2.En caso de disolución de la Asociación, todos los bienes de la Asociación serán donados a la sede principal de la Cruz Roja danesa.

       

      Los presentes estatutos entrarán en vigor inmediatamente después de su aprobación en la Asamblea General ordinaria celebrada el día 21 de marzo del 2010 en Copenhague.

       

      Miembros actuales de la junta

        

      John Daza                   Rosa Palacios                Beatriz Villegas

      Presidente                  Secretaria                   Tesorera

       

      En caso de duda o discrepancia prevalecerá la versión danesa de estos estatutos.